Los diputados locales reformaron el Código Penal del Estado, con la finalidad de establecer el delito de pederastia y que sea imprescriptible, además de integrar un capitulo del feminicidio.
El presidente de la Comisión de Justicia, Luis Enrique Benítez Ojeda señaló que este paquete de reformas se busca proteger y garantizar los derechos humanos de los menores de edad como de las mujeres.
De esta manera, se incorpora la pederastia al catálogo de delitos de legislación penal, dando respuesta a la demanda de la sociedad de precisar con mayor fuerza esta conducta, toda vez que la misma no se encontraba tipificado como delito en el Estado.
Además se establece que el delito de pederastia sea imprescriptible, al igual que el ejercicio de la acción penal en contra de los sujetos activos de la conducta imponible, ya que un menor a su corta edad tiene pocas posibilidades de que se defienda y su falta de preparación le impida acudir ante la instancia judicial correspondiente para poner una denuncia.
Con las reformas también se plasma el delito de feminicidio es cuando entre la víctima y el sujeto activo exista o haya existido una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad; o cuando haya existido una relación laboral, docente o cualquier otro que implique confianza, subordinación o superioridad.